La evaluación tiene por objeto la recogida de datos válidos y fiables sobre la actuación del alumnado, la emisión de un juicio sobre su nivel de competencia, la toma de decisiones sobre su promoción o no promoción, y, en su caso, la certificación oficial de competencias en el uso del idioma.
Consulta la programación didáctica del departamento para informarte sobre los contenidos y competencias a adquirir para superar un curso dado.
La aplicación y corrección de las pruebas de evaluación de los cursos no conducentes a certificación y de las pruebas de certificación para alumnos oficiales de nivel Básico corre a cargo del profesorado que imparte dichos cursos o niveles.
La aplicación y corrección de las pruebas de certificación correspondientes a los niveles Intermedio y Avanzado, así como las de nivel Básico de los alumnos libres, corre a cargo de tribunales formados con el profesorado del departamento didáctico correspondiente. Se procurará que cada profesor intervenga en la evaluación de sus propios alumnos, siendo uno de los miembros del correspondiente tribunal.
El alumnado dispone de dos convocatorias anuales, una ordinaria a la finalización del curso escolar y otra extraordinaria durante el mes de septiembre, para superar cada curso.
En el caso de no superar todas las actividades de lengua en la convocatoria ordinaria el alumnado solo está obligado a realizar las partes no superadas en la convocatoria de septiembre, aunque puede realizar las pruebas de partes ya superadas el alumnado que no haya alcanzado el mínimo exigido para certificar y desee hacerlo.
Las notas pueden consultarse accediendo a la plataforma CentrosNet desde la página Web de la EOI con usuario y contraseña.
Los resultados de las pruebas se harán públicos conforme a lo que establece la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, y en todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En las fechas que fijen los departamentos el alumnado podrá recibir presencialmente las aclaraciones pertinentes sobre las calificaciones así como las valoraciones y decisiones adoptadas sobre su proceso de aprendizaje.
En el supuesto de que tras las oportunas aclaraciones exista desacuerdo con la calificación final obtenida, el alumno o alumna puede solicitar por escrito a la dirección de la escuela la revisión de dicha calificación en el plazo de tres días hábiles a partir de aquel en el que se produjeron dichas aclaraciones.
Descarga el impreso que deberás entregar en la Secretaría del centro.