La condición de alumno oficial presencial implica el compromiso del propio alumno a asistir con regularidad a las clases en el horario que le haya correspondido.
Los alumnos oficiales tienen el derecho y el deber de asistir a clase con puntualidad.
Según la ORDEN de 20 de agosto de 2002 (BOA 2 septiembre 2002) que regula la organización y funcionamiento de las EE.OO.II de la Comunidad Autónoma de Aragón (art. 95) los alumnos tienen la obligación de asistir a un mínimo del 60% de las horas lectivas. Cuando un alumno sobrepase sin causa justificada un número de faltas de asistencia igual al 40 % de las horas lectivas perderá su reserva de plaza para el curso siguiente.
No pierde, sin embargo, el derecho a presentarse a examen.
A final de curso se abrirá un plazo para que el alumnado que haya superado el máximo de ausencias no justificadas permitido (40%) pueda presentar los justificantes de faltas de los que disponga en Administración. Se informará del mismo en el aula, en los tablones de anuncios de la escuela y en la página web.